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ACUERDO DE SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
DE LA INFORMACIÓN ENTRE FREIGHT IDEAS, S.A. DE C.V.
Y EL CONTRATANTE



FREIGHT IDEAS, S.A. de C.V., (en adelante el “PROVEEDOR”), en mi calidad de Proveedor de servicios de soluciones integrales de factura electrónica, asumo la obligación de garantizar la seguridad y confidencialidad en los términos de que ambas partes aceptan este acuerdo con el fin de mantener y salvaguardar la información fiscal generada, por lo que suscriben lo consignado en las siguientes:

CLAUSULAS.

PRIMERA. Toda la información proporcionada por el Contribuyente representado por el usuario en su calidad de “CONTRATANTE”, relativa al objeto principal de este acuerdo, será considerada según el caso como reservada, resguardada, privilegiada y confidencial, en los términos de las leyes aplicables por el “PROVEEDOR”, y será utilizada única y exclusivamente para llevar a cabo y cumplir con la actividad y obligación que expresamente le confiere el “CONTRATANTE”, consistiendo únicamente en proporcionar soluciones de emisión, recepción y validación de CFDI`S por lo que el “PROVEEDOR” se obliga a protegerla, reservarla, resguardarla y no divulgarla.

SEGUNDA. El “PROVEEDOR” queda estrictamente obligado a no divulgar la información del “CONTRATANTE” a terceros objeto de este acuerdo, obtenido durante la vigencia de dicho acuerdo.

TERCERA. Los datos personales que proporciona el “CONTRATANTE” como son: Nombre, RFC, domicilio fiscal, correo electrónico y demás, requeridos por la Ley para los contribuyentes obligados a emitir factura electrónica, son recopilados con el propósito de la identificación y validación, previos al proceso de timbrado fiscal y bajo ciertas circunstancias, para contactarlo en el fin de brindarle servicios generales y/o servicios de soporte bajo su previo consentimiento; así como para ofrecerle otros productos y otros servicios.

CUARTA. Para proveer el servicio dentro de los estándares obligatorios, El “PROVEEDOR” empleará los servicios de un Tercero Autorizado que es Proveedor Certificado de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, (en adelante el “TERCERO AUTORIZADO”) que cumple con los lineamientos de seguridad para el resguardo de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet en razón de la normatividad a que está sujeto.

QUINTA. “EL PROVEEDOR” manifiesta su absoluto compromiso para garantizar que los CFDI generados como parte de los servicios de soluciones integrales de factura electrónica, son resguardados bajo estrictas normas de seguridad por el lapso de 90 días naturales a partir de la certificación de los mismos, conforme a la normatividad que le resulta aplicable.

En lo relativo al manejo y resguardo de los certificados, llaves y contraseñas del Certificado del Sello Digital (CSD), estos no son almacenados en ningún aplicativo o base de datos de el “PROVEEDOR”; estos siguen bajo resguardo de el “CONTRATANTE”. El “PROVEEDOR” se reserva el derecho de eliminar toda la información que haya sido proporcionada o generada por el contribuyente mediante el uso del aplicativo, si el contribuyente deja de usar el mismo por un período mayor a tres meses.

SEXTA. Las anteriores obligaciones por parte del “PROVEEDOR” estarán sujetas a lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y demás normatividad que resulte aplicable sobre el uso y tratamiento de la información confidencial.

SÉPTIMA. El “PROVEEDOR” no podrá transmitir o ceder en forma alguna los derechos y obligaciones que asume en virtud del presente Acuerdo de Seguridad y Confidencialidad,.

OCTAVA. El incumplimiento de este acuerdo por parte del “PROVEEDOR” lo hará acreedor a las sanciones civiles y penales que resulten de acuerdo a las leyes en la materia.

NOVENA. Este Acuerdo de Seguridad y Confidencialidad de la Información tiene vigencia permanente a partir de la fecha en que se inicie la colaboración entre el “CONTRATANTE” y el “PROVEEDOR” y continuará así mientras dicha relación comercial esté vigente. El hecho de que las Partes terminen por cualquier causa su relación comercial, no las exime de todas obligaciones contenidas en el presente Acuerdo, las cuales se extinguirán a los 3 meses de terminada la relación comercial entre las PARTES.

DECIMA. Durante la vinculación contractual, ni en cualquier otro momento con posterioridad a la extinción de relación establecida en el presente acuerdo, se revelará ninguna información Confidencial a ninguna persona y/o persona jurídica, sin el previo consentimiento escrito del “CONTRATANTE”, con excepción a las estipuladas en el presente acuerdo y las señaladas en las leyes en la materia.

DECIMA PRIMERA. Para la interpretación y cumplimiento de este acuerdo, las partes se sujetan a las leyes y tribunales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros. El presente acuerdo se establece en la Ciudad de México, al día xx del mes de xxxxxx de 2021.

Previa lectura del presente acuerdo, se entiende por aceptado y consentido el mismo, al hacer uso de los Servicios así como al marcar la opción "acepto", "He leído y estoy de acuerdo", que se ubican en la página de facturación electrónica gratuita (incluir dirección del sitio), aceptando de manera expresa e incondicional el contenido del presente Acuerdo, obligándose a cumplir con todas las disposiciones aquí contenidas.